Para la reflexión: Mientras el ejercicio de los derechos de la comunidad LGBTTI+ no se eleven a rango constitucional, las entidades federativas sólo los podrán aplicar en cada caso, vía juicio de amparo, a quienes así lo demanden.
Afortunadamente la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para ampliar el marco de protección de esta comunidad, ha emitido criterios jurisprudenciales para reconocer sus derechos en diversas materias. Tal es el caso de la seguridad social, el matrimonio igualitario, la adopción legal por personas del mismo sexo, identidad sexual y expedición de documentación oficial.
Sin embargo, vale ponderar varias situaciones y escenarios, ya de por si complejos, por ejemplo, la crisis sanitaria provocada por el Covid-19 que, por mucho agravó la discriminación contra este sector de la población.
Por ello, es que resulta necesario prevenir y eliminar cualquier tipo de violencia y discriminación hacia las personas de la diversidad sexual, para salvaguardar sus derechos, integridad y libertades.
Por cierto, en México ya no se habla de “la familia”, conformada en su forma tradicional; se habla sobre “las familias” y su diversidad, integradas por la comunidad LGBTTTIQ+, al menos, que bueno, pareciera para algunos trivial, pero tiene una gran fuerza, significado y relevancia en estos tiempos.
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